A- de 2011
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Luis Fernando Jaramillo Duque
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No es oportunidad para corregir o modificar demanda rechazada
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de Súplica interpuesto contra el Auto del 4 de febrero de 2011, dictado por el Magistrado Juan Carlos Henao Pérez, mediante el cual se rechazó la demanda presentada en el proceso de la referencia.
Para la Sala Plena, el demandante no corrigió el líbelo de la demanda en los términos indicados, por lo que no logró estructurar adecuadamente los cargos contra los artículo 21 y 48 (parágrafo parcial) de la Ley 1430 de 2010, de manera tal que reunieran los requisitos de especificidad, pertinencia y suficiencia, motivo por el cual se confirma la decisión de RECHAZO frente a estos cargos.
Respecto al cargo dirigido contra el último inciso del artículo 8º de la Ley 1430 se decide REVOCAR el numeral 1º del auto recurrido y en su defecto ADMITIR la demanda con relación al cargo impetrado, motivo por el cual se decide continuar el proceso de constitucionalidad bajo la conducción del Magistrado Sustanciador inicial, quien emitirá las ordenaciones pertinentes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el numeral
- primero. del auto del veinticuatro (24) de febrero de 2011, mediante el cual se rechazo la demanda de la referencia.
- Segundo. ADMITIR la demanda, en relacion con el cargo dirigido contra el ultimo inciso del articulo 8 de la Ley 1430 de 2010, por las razones expuestas en esta providencia. En consecuencia, prosigue el proceso de constitucionalidad bajo la conduccion del Magistrado Sustanciador inicial, quien emitira las ordenaciones pertinentes.
- Tercero. CONFIRMAR la decision sobre el rechazo de la demanda, en relacion con los cargos formulados contra los articulos 21 y 48 (paragrafo-parcial) de la Ley 1430 de 2010.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.